Corte frena artículos de Puebla por invadir atribuciones de la Federación
La Suprema Corte declaró la invalidez de diversos artículos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversos artículos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados de Puebla, debido a que las y los diputados locales invadieron atribuciones de la Federación.
La legislación local permite que autoridades estatales conozcan de asuntos relacionados con el acceso a la información pública y la protección de datos personales de partidos políticos y sindicatos, pese a que estas son facultades exclusivas del Instituto Nacional Electoral (INE), el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
El legislador local también invadió las competencias de la Federación al establecer reglas para reservar o clasificar información por motivos de seguridad nacional.
Los artículos invalidados por la Corte
Al resolver la controversia constitucional 217/2025 promovida por el gobierno federal, la Corte declaró la invalidez del artículo 4, último párrafo, en su porción normativa “conforme a los términos establecidos por esta Ley”, y 8, fracción V, en su porción “el Instituto Electoral del Estado por cuanto hace a los partidos políticos con registro estatal, y el Tribunal de Arbitraje por cuanto hace a los Sindicatos”, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla.
También invalidó el artículo 5, fracción II, en su porción “el Instituto Electoral del Estado por cuanto hace a los partidos políticos con registro estatal”, de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Puebla, publicadas el 31 de julio de 2025 en el Periódico Oficial estatal.




